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Viajes de negocios y restricciones: hacia un escenario común europeo

3/12/2020

 «Movilidad en España y Europa: hacia un enfoque único» es la nueva guía práctica para empresas de GEBTA.

Viajes de negocios y restricciones es un tándem que provoca inseguridad en las empresas y tiene una consecuencia directa: reducción de la movilidad.


Después de unos primeros meses de disparidad de criterios entre los distintos Estados de la Unión Europea (e incluso dentro de los propios países miembros), comienzan a converger las directrices para dibujar un escenario común de protocolos para la movilidad.


Cuáles son las principales zonas de riesgo y cómo se establecen, qué períodos de cuarentena se imponen, si son necesarias o no las PCR para los viajeros y qué sucede con los test de antígenos son algunos de los aspectos clave en esta armonización. Sobre ellos trata la nueva Guía para empresas de GEBTA: «Movilidad en España y Europa: hacia un enfoque único».


Viajes de negocios y restricciones en la UE: hacia una armonización


La divergencia de criterios en cuanto a los protocolos y las restricciones ha provocado una confusión que ha llegado a alertar a los propios órganos de gobierno de la UE. No en vano, desde las instituciones europeas se llegó a advertir del riesgo que corría el principio básico de la libre movilidad de los ciudadanos europeos dentro de las fronteras interiores de la Unión.


Así, en octubre se presentó una recomendación a los Estados miembros para que buscasen un enfoque coordinado a las restricciones de movilidad por Europa. Ahora los diferentes países están trabajando en una trasposición de la recomendación para converger en la unificación de criterios.


¿Cuáles son los países de riesgo?


Uno de los primeros puntos de encuentro para establecer un protocolo de movilidad es definir cuáles son las zonas de mayor riesgo de contagio por covid-19.


Todos los estados europeos deben trabajar con una cartografía de la covid-19 idéntica, de tal forma que aquello que un alemán o francés considere una zona de alto riesgo sanitario tenga la misma calificación para un español o un portugués. Para ello, quincenalmente se elabora una cartografía común de las zonas de riesgo europeas. 


Toda Europa queda enclavada en 4 zonas según los niveles de gravedad sanitaria ante la covid-19: 

  • Zona verde: el índice acumulado de casos de covid-19  en los últimos 14 días es inferior a 25 por cada 100.000 habitantes y el índice de resultados positivos de las pruebas de detección es inferior al 4%.
  • Zona naranja: el primer valor es inferior a 50 y el segundo es inferior al 4%.
  • Zona roja: el primer valor es igual o superior a 50 y el segundo es superior al 4%. 
  • Zona gris: no hay datos suficientes para el análisis o bien la tasa de pruebas de detección es de 300 o menos por cada 100.000 habitantes.

En este momento, España, igual que la mayoría de los países europeos, tiene una clasificación roja.


Este mapa puede consultarse aquí.


Los viajeros procedentes de una zona verde no tienen ninguna limitación de movimientos. En cuanto al resto de viajeros, no se puede negar la entrada en países europeos de personas procedentes de zonas rojas o naranjas, pero sí se pueden imponer limitaciones.


Las limitaciones a la movilidad que se establecen dentro de la Unión Europea incluyen dos medidas: período de cuarentena o autoaislamiento o detección de la enfermedad después de la llegada del viajero al país de destino.


En cualquier caso, las restricciones no se imponen en función de la nacionalidad del viajero, sino de dónde haya estado en los últimos 14 días anteriores al viaje.


Cuarentenas y autoaislamientos


Los períodos de cuarentenas y autoaislamientos son variables en función de los distintos países donde se viaje. En el mapa de Re-open EU pueden consultarse todas las medidas aplicadas en cada Estado miembro de la UE.


En cualquier caso, no se exigirá cuarentena a los viajeros con funciones o necesidades esenciales en el ejercicio de sus funciones, en particular a:

  • los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia que ejerzan ocupaciones críticas, como los trabajadores sanitarios, los trabajadores fronterizos y desplazados, así como los trabajadores de temporada a los que se refieren las Directrices relativas al ejercicio de la libre circulación de los trabajadores durante el brote de covid-19;
  • los trabajadores del transporte o los proveedores de servicios de transporte, como los conductores de vehículos de mercancías que transporten mercancías para su uso en el territorio, así como los que simplemente transiten;
  • los pacientes que viajen por razones médicas imperiosas;
  • los alumnos, estudiantes y becarios que viajen diariamente al extranjero;
  • las personas que viajen por razones familiares o profesionales imperiosas (incluidos los miembros de familias transfronterizas que viajen regularmente);
  • los diplomáticos, el personal de organizaciones internacionales y las personas invitadas por éstas cuya presencia física sea necesaria para el buen funcionamiento de dichas organizaciones, los militares y los policías, los trabajadores humanitarios y el personal de protección civil, en el ejercicio de sus funciones;
  • los pasajeros en tránsito;
  • los marinos;
  • los periodistas, en el ejercicio de sus funciones.



Pruebas PCR en viajes internacionales hacia España


En estos momentos la mayor parte de los países europeos se encuentran en estado de alarma, alerta o similares, lo que supone restricciones a los viajes de ocio o no esenciales. En cualquier caso, los viajes por trabajo siguen estando permitidos.


En el caso concreto de España, desde el 23 de noviembre es obligatorio presentar una prueba PCR con resultado negativo a la entrada al país si se procede de una zona roja. Esta obligación afecta viajeros extranjeros que llegan a España procedentes de una zona roja y también a españoles que vuelvan a España tras un viaje internacional a una zona de riesgo. 


La prueba PCR debe estar en español o inglés y tiene que haberse hecho dentro de las 72 horas anteriores al entrar al país. Se ha de presentar al llegar al primer aeropuerto español y no hay exenciones para ningún tipo de viajero que proceda de zona de riesgo (viajeros corporativos incluidos).


En países como Alemania sí se exime de la PCR a viajeros que estén en el país menos de 24 horas, mientras que Italia alarga la exención a los viajes por motivos esenciales menores a tres días.


Es importante destacar que la PCR negativa sólo se aplica a viajeros que atraviesan fronteras aéreas o marítimas, en ningún caso a aquellos que cruzan la frontera terrestre, bien sea en automóvil o en tren.


Pruebas de antígenos


Teniendo en cuenta el alto coste de las pruebas PCR y más aún, el tiempo requerido para obtener el resultado (en algunos países hasta dos o tres días), la Comisión Europea emitió el pasado 18 de noviembre una recomendación para ir sustituyendo en los Estados europeos las pruebas PCR para viajeros (e incluso las cuarentenas) por pruebas de antígenos, mucho más sencillas de realizar, más rápidas y económicas. 


Aunque habrá que determinar con precisión las características que tienen que tener estas pruebas así como los entornos en que deben ser realizadas y otras especificaciones técnicas desde GEBTA se contempla con optimismo este enfoque, que simplificará la movilidad corporativa sin restar seguridad a los viajeros y que incidirá muy positivamente en la economía tanto de las empresas como en el PIB de los distintos Estados. 


En BCD travel hemos reforzado nuestra labor de consultoría y hemos implementado diversas herramientas (como BCD Security) para gestionar con éxito los viajes corporativos en tiempos de covid. Asimismo, ofrecemos a nuestros viajeros condiciones preferentes para la realización de pruebas PCR y seguros con cobertura especial para la covid-19.


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